lunes, 3 de diciembre de 2012



BAJA LA POBREZA Y LA INDIGENCIA

Uruguay registró en 2011 un 6,7% de personas
en situación de pobreza y un 1,1 en situación de indigencia, lo que indica que es el país con menos indigentes de la región. Además, Uruguay y Venezuela son los menos desiguales: en ambos países el 10% más rico recibe el 20% de los ingresos totales y el 40% más pobre recibe el 23%.


La Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) presentó en su sede de Santiago de Chile el informe Panorama Social de América Latina 2012.

La CEPAL proyecta que la región finalizará este año con 167 millones de personas en situación de pobreza, un millón de personas menos que en 2011, lo que equivale a 28,8% de los habitantes. El número de personas en extrema pobreza o indigencia se mantendrá estable en 2012, es decir, 66 millones de personas.

Según el informe, en la última década se redujo la desigualdad en la distribución del ingreso, aunque el tema sigue siendo uno de los principales retos de la región. Las últimas estadísticas disponibles para 18 países indican que en promedio el 10% más rico de la población latinoamericana recibe 32% de los ingresos totales, mientras que el 40% más pobre recibe el 15%.

En Brasil, Chile, Colombia, Guatemala, Honduras, Paraguay y República Dominicana el 40% de los ingresos va para los más ricos y entre el 11% y el 15% para los más pobres. Venezuela y Uruguay son los que registran los menores niveles de desigualdad.

"Las actuales tasas de pobreza e indigencia son las más bajas observadas en las últimas tres décadas, lo que es una buena noticia para la región, pero aún estamos frente a niveles inaceptables en muchos países", explicó Alicia Bárcena, secretaria general de la CEPAL, durante la presentación del informe.

La tendencia de reducción, no obstante, se ha enlentecido, advirtió la CEPAL. Si en 2011 la región sumó 168 millones de pobres, que representaban 29,4% de la población total, con una reducción de 1,6 punto porcentual respecto a 2010, en 2012 la reducción fue de 0,6 punto porcentual.

"Al igual que en años anteriores, el aumento de los ingresos laborales en los hogares pobres fue el factor más determinante en la reducción de la pobreza", explicó la CEPAL.

Las mujeres y los niños son los más afectados por la pobreza. "La feminización de la pobreza", se produjo por el aumento en la región de la discriminación y segregación por sexo, menores salarios en los empleos a los que acceden las mujeres, y menos oportunidades de empleos formales y estables, explicó Bárcena.

En el caso de los niños, la pobreza afecta a 51% de los menores de 17 años y la mayor incidencia está asociada al embarazo en adolescentes "que ocurre en hogares pobres mayormente", aseveró Bárcena.

Paraguay, con 49,6% de su población pobre, es el país más afectado por la pobreza en América Latina, seguido por República Dominicana (42,2), Colombia (34,2), Ecuador (32,4) y Venezuela (29,5).

En el caso de la indigencia, la lista la encabeza nuevamente Paraguay (28%), seguido por República Dominicana (20,3), Panamá (12,4), Venezuela (11,7) y Colombia (10,7).

Argentina fue el país con menor pobreza (5,7%), seguido por Uruguay (6,7) y Chile (11), mientras que los de menor indigencia son Uruguay (1,1%), Argentina (1,9%), y Chile (3,1%).

La CEPAL indicó que la sostenibilidad de la reducción de la pobreza, permitiría disminuir la desaceleración del crecimiento de la región, que según estimó el organismo de la ONU, alcanzará 3,2% en 2012.
MATRIMONIO IGUALITARIO 

La Comisión de Constitución y Códigos de la Cámara de Representantes aprobó en general un proyecto sustitutivo a la Carpeta sobre matrimonio igualitario. Articulado se votaría la semana entrante.

La Comisión, que continuará esta semana  con el estudio del articulado, viene analizando un comparativo entre la situación actual, el proyecto que lleva la firma de legisladores del Frente Amplio y el que contiene las modificaciones propuestas.

En el nuevo texto se define al matrimonio como la unión permanente entre dos personas de igual o distinto sexo; se establece que la separación de cuerpos podrá tener lugar, entre otros motivos, por el cambio de identidad de género de uno de los integrantes, cuando ésta ocurra con posterioridad a la unión matrimonial.

En lo que respecta a los hijos habidos dentro del matrimonio se establece que podrán llevar el apellido de sus padres en el orden que ellos opten expresamente o, en caso de no hacer uso de esta opción, en el orden que se determinará por sorteo entre los apellidos de los padres, el que tendrá lugar en el momento de la inscripción y a cargo del Oficial de Estado Civil.

En todos los casos de hermanos producto de un mismo vínculo, el orden de los apellidos establecido para el mayor regirá luego para los siguientes.

Se establece además que todas las normas reguladoras del instituto del matrimonio donde se utilicen menciones al mismo se deberán hacer sin distinguir razón del sexo de la persona, es decir cónyuges, pareja matrimonial, esposos u otras de similar tenor.