martes, 10 de julio de 2012


LOS FRACCIONAMIENTOS DE TIERRA MENORES A 300 M2.

Ing. Manuel Chabalgoity
La ley de Ordenamiento Territorial (que se aprobó a mediados de 2008)estableció que en las zonas urbanas no se pueden realizar fraccionamientos de terrenos que tengan una superficie menor a los 300 metros cuadrados.

Pero sucede que  , aún en la vigencia de la ley mencionada, se aprobaron , por parte de muchas intendencias, fraccionamientos que no llegan a esa superficie. Sin embargo, cuando esos terrenos con fraccionamiento aprobado por la respectiva intendencia, se tenían que inscribir en el Registro de Traslaciones , éste no los aceptaba como válidos, pues, interpreta (bien) que violan la ley de Ordenamiento.

Para superar esta dificultad, el tema se ha venido conversando en diversos ámbitos. Atendiendo a esta situación la Dirección de Ordenamiento Territorial , del MVOTMA, tomó el asunto y lo ha venido discutiendo y acordando con la Comisión Nacional de Ordenamiento Territorial (donde participa el Congreso de Intendentes).

El miércoles 4 de julio pasado, el Ing. Chabalgoity, Director de Ordenamiento Territorial, informó, en la Comisión de Vivienda , a la que asistió,  que el Poder Ejecutivo enviará, en un plazo breve, un proyecto de ley por el cual se convalidarán (no sabemos si ésta expresión es correcta) los fraccionamientos hechos entre la aprobación de la ley de Ordenamiento (mediados 2008) y la fecha de la nueva ley y que no se ajustan en su superficie a lo que establece la ley de Ordenamiento. Ese mismo proyecto, a su vez, mantendrá la superficie de los 300 metros cuadrados para cada terreno, pero se establecerán algunas excepciones, por las cuales se podrían hacer fraccionamientos de menor superficie. Hay que dejar en claro que esas excepciones deberán, de acuerdo a lo explicado por Chabalgoity,  estar contempladas , estrictamente, en los Planes de Ordenamiento Territorial de cada departamento.

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